Subida en las cuotas de autónomos

Todos los autónomos notarán una subida en los recibos de sus cotizaciones a partir de enero de 2019.  Por un lado hay un incremento de las bases mínimas de cotización, también de los tipos y finalmente, algunas coberturas que eran voluntarias pasan a ser obligatorias.


Para las bases mínimas (la mayoría de autónomos):

– La cuota sube para los autónomos persona física pasa de 278,88 euros/mes a 283,30 euros/mes.

Y para los autónomos societarios la cuota pasa de 358,38 euros/mes a 364,22 euros/mes.

A cambio de esta subida, se obtienen algunas ventajas:

– Mayor base de cotización; que se tiene en cuenta para subsidio por baja enfermedad, etc.

– Obligatoriamente se cuenta con la cobertura de cese de actividad (el denominado “paro del autónomo”), incluido en la nueva cuota. Se perfeccionará el sistema, porque actualmente se deniegan la mayoría de las solicitudes; y se aumentan los meses a cobrar.

– Obligatoriamente se cuenta con la cobertura de accidente de trabajo y enfermedad profesional, incluido en la nueva cuota. – Los autónomos tendrán derecho a cobrar la prestación por accidente de trabajo o enfermedad profesional desde el primer día de baja; a diferencia de la baja por enfermedad común, que se cobra a partir del 4º día de baja.

– Se crea una prestación adicional que corresponde a la cotización por el trabajador autónomo, a partir del día 61 de la baja médica por incapacidad temporal (IT).  De este modo, los autónomos no pagarán la cuota de Seguridad Social a partir del segundo mes de baja por enfermedad o incapacidad temporal, hasta el momento del alta.

El autónomo que esté más de dos meses de baja por enfermedad, no tendrá la carga de seguir teniendo que pagar su cuota de seguridad social.