CIRCULAR 30 JUNIO 2020

El Real Decreto-ley 24/2020, de 26 de junio,  regula la prórroga de Ertes y ayudas a autónomos hasta 30 de septiembre de 2020.

Adjuntamos 2 cuadros oficiales, que resumen las exoneraciones y ayudas.

Habrá que esperar a los próximos días, para conocer más detalles.

ERTE.-

– Primera línea del cuadro.- “Erte de Transición”. Aplicable para las empresas que a 30-junio NO han incorporado a ningún trabajador. A partir de ahora, el coste de Seguridad Social ya no es 0 €. Varía el coste según el mes.

– Segunda línea del cuadro.- “Erte Parcial”.- Aplicable para las empresas que a 30-junio YA han recuperado algún trabajador. Diferentes opciones de exoneración.

Resta por conocer qué sucede con las empresas que han recuperado a TODOS los trabajadores, si acceden a alguna reducción.

AUTÓNOMOS.-

Para quienes están cobrando la ayuda de autónomos a fecha 30-Junio, y no pagan cuota de autónomos, desde 1-julio se tendrá derecho a una de esas dos ayudas; pero NO a las 2 a la vez, como hasta ahora.

– Opción 1.- Solo se paga menos cuota de autónomos: 0 € en Julio, 50% en Agosto y se paga el 75% en Septiembre. Aquí no hay que acreditar nada. En esta opción, no se cobra ayuda.

– Opción 2.- Solo se cobra la ayuda de autónomos.- Hay que solicitarla de nuevo a la Mutua (todavía no existe ni el modelo de solicitud). Hay que cumplir requisitos: que en el 3T-2020 se facture al menos un 75% menos que en el 3T-2019; y además, el Rendimiento Neto de la actividad no debe superar los 5.818,75 €. Las Mutuas comprobarán estos datos con la Agencia Tributaria, a través de los Modelos 130 (IRPF) y 303 (IVA). En esta opción, se sigue pagando el boletín de autónomos.