LEY REFORMA DEL TRABAJADOR AUTÓNOMO

LEY REFORMA DEL TRABAJADOR AUTÓNOMO

Ley 6/2017, publicada ayer 25-10-2017. Algunas medidas se aplican de forma inmediata y otras, a partir del próximo 1-enero.

Medidas a partir del 1 de enero de 2018.

1º) Tarifa Plana de 50 €.- Se amplía de 6 a 12 meses. Y se reduce a 2 años (antes 5 años) el requisito de no haber sido autónomo con anterioridad.

Se añade un supuesto en esta tarifa plana: mujeres que vuelven a ser autónomas, en los 2 años siguientes a descanso maternidad.

2º) Se permite alta y baja, hasta 3 veces en un año, en los que solo se pagará por los días trabajados (sin tener que pagar el mes completo, como hasta ahora).

3º) Se permite modificar la base de cotización hasta 4 veces en el año (hasta ahora, 2 veces).

4º) Pago cuota autónomos fuera de plazo.- Se reduce hasta el 10% el recargo durante el primer mes de impago (hasta ahora, el 20% siempre, aunque el retraso fuera de 1 día)

Medidas ya en vigor.-

 

5º) Posibilidad de compatibilizar el 100% de la pensión de jubilación con el mantenimiento de la actividad, siempre que se tenga contratado al menos un trabajador por cuenta ajena (hasta ahora solo se alcanzaba el 50% de pensión).

6º) Bonificación del 100% cuotas seguridad social, durante 12 meses, si contrata de forma indefinida a un familiar.

Por otra parte, recordamos que el plazo habitual, para domiciliar en cuenta, los impuestos del día 20 de cada Trimestre, finaliza el día 15.

Entre el día 15 y 20, la única forma de pago (para sociedades; porque la persona física todavía puede pagar en impreso) es obtener un código NRC en el banco. Y a partir de ahora, este código tendréis que obtenerlo vosotros, porque los bancos ya no nos permiten, personarnos con el modelo, para cargar en cuenta y facilitarnos ese código. Por tanto, recomendamos la domiciliación en cuenta, antes del día 15 que corresponda.